Las desviaciones sexuales se generan en la formación de la persona
Los trastornos sexuales afectan a gran numero de personas de ambos sexos que hasta hace muy poco tiempo no se tenían en cuenta estas alteraciones, menos si las afectadas eran mujeres. Pero los tiempos han ido evolucionando y las personas se preocupan cada vez más por su sexualidad.
Hay investigaciones científicas que relacionan los trastornos sexuales con la calidad de vida, la autoestima y las relaciones personales. El Instituto de Sexualidad humana de la Universidad Autónoma de Santo Domingo describe la presencia del trastorno por déficit de atención. En los últimos años se ha dado gran importancia al trastorno por esta deficiencia, como consecuencia de este interés son cada ves mas frecuentes los sondeos que se realizan sobre diferentes grupos de personas en diferentes edades.
Muchos médicos los clasifican en tres tipos. Trastornos de identidad sexual, es decir, conciencia de pertenecer a un sexo u otro ya sea mujer o varón. El segundo, son las desviaciones como la pedofilia, fetichismo y exhibicionismo. Finalmente, el tercero es denominado disfunciones, cuando alguna fase de la respuesta sexual humana se encuentra alterada impidiéndole al sujeto la llegada del placer.
Estos trastornos deben tratarse adecuadamente debido a las consecuencias que pueden traer a quienes lo padecen. Muchas veces, esto genera disgustos y frustraciones por parte de las personas afectándolos de manera psicológica.
Son alteraciones en los procesos propios del ciclo de la respuesta sexual, que afectan tanto al hombre como a la mujer. Sin embargo, esta definición se refiere mas bien a disfunciones sexuales que no son relevantes en el ámbito penal.
Los trastornos sexuales, denominados desviaciones, se han clasificado en benignas y patológicas. Son estas últimas las que importan al ordenamiento jurídico. Pero son escasas las desviaciones o perversiones sexuales castigadas en el Código Penal. Entre ellas son están la pedofilia, tanto en el delito contra el pudor y la libertad sexual, y el exhibicionismo en el delito de corrupción de menores.
Por Maria Peña



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